27 C
Resistencia
viernes, marzo 31, 2023

Es falso que se impugna el voto al cerrar el sobre con pegamento fuera de la vista de las autoridades de mesa

Portada del Día

Noticias Relacionadas

Hernán Gonçalves Figueiredo, secretario de Actuación Judicial de la Cámara Nacional Electoral: “Es falso. Las causas de nulidad de un voto están previstas en el Código Electoral Nacional y esa no es una de ellas”.

El Código Electoral Nacional explicita en su artículo 114 que las causas de nulidad del voto son: “Cuando: 1. No hubiere acta de elección de la mesa o certificado de escrutinio firmado por las autoridades del comicio y 2 fiscales, por lo menos. 2. Hubiera sido maliciosamente alterada el acta o, a falta de ella, el certificado de escrutinio no contare con los recaudos mínimos preestablecidos. 3. El número de sufragantes consignados en el acta o, en su defecto, en el certificado de escrutinio, difiriera en 5 sobres o más del número de sobres utilizados y remitidos por el presidente de mesa”.

En ninguna parte se precisa que cerrar el sobre fuera de la vista de las autoridades sea motivo para impugnar el voto.

Por otro lado, como la desinformación apunta a que esto sería así a causa del riesgo de contagio de COVID-19, se verificó también que no apareciera especificado algo así en el Protocolo Sanitario de Prevención elaborado por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior de la Nación en conjunto con el Ministerio de Salud.

En el punto sobre el cierre de los sobres, el protocolo dice: “Se indicará a los electores que no cierren el sobre con saliva. Se recomendará introducir la solapa del sobre en su interior para que contenga las boletas en su interior hasta el momento del escrutinio, sin necesidad de pegar el sobre”.

“Las opciones son variadas y quedan a criterio del elector. Pueden utilizar algún pegamento, preferentemente en barra; una cinta adhesiva; otra forma de humedecer y activar el adhesivo del sobre, como por ejemplo, con el alcohol en gel que muchos llevan por prevención; o incluso introducir la solapa del sobre en su interior, asegurándose que quede la boleta bien sujetada en su interior”.

Sin embargo, en ninguna parte del protocolo se precisa que quien cierre  con cualquier otro tipo de pegamento o con saliva fuera de la vista de las autoridades de mesa tendrá su voto impugnado.